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Integración de los Pueblos Indígenas a la sociedad: Un derecho que debe respetarse. [1] Domínguez Aguayo, Claudia[2] “Los pueblos indígenas son escuderos de la diversidad biológica de la Tierra y sus diferentes culturas y lenguas son los pilares de diversidad cultural de la humanidad” (Montreal, 9 de agosto de 2006, en (Davinson y Cuyul, 2007: 10)). Estas tres líneas revelan lo importante que son los pueblos indígenas para nuestra humanidad, ya que nos aportan una cultura rica en diversidad y en rasgos que hacen que sea un factor importante para el desarrollo de un mundo más humano y más conectado con la naturaleza. El libro “La organización de los Pueblos Indígenas en Argentina: El caso de la ONPIA”, es un texto complejo de analizar debido a la multiplicidad de factores que trata. Es un libro focalizado en el tema de integración de los Pueblos Indígenas de América Latina, y la difícil tarea del Estado por incluirlos cada vez mejor en su Legislación Nacional. Este libro posibilita visualizar un eje fundamental de la existencia de la Organización Nacional de Pueblos Indígenas en Argentina (ONPIA), que es una organización “constituida en su firme convicción por generar un referente nacional e internacional destinado a protagonizar el concierto político indígena local, proyectar y operacionalizar la voluntad política de los Pueblos al interior de Argentina…” (Davinson y Cuyul, 2007: 1). Pero cómo puede ser posible una adecuada integración de los pueblos indígenas si como señala en el texto, “…la sociedad Argentina en su gran mayoría ha hecho todo lo posible por ignorar su profunda naturaleza indígena; adaptando indistintamente usos y símbolos propios de las culturas indígenas…..y la imagen externa proyectada de Argentina la representa un Buenos Aires y su cultura porteña que sigue mirando hacia Europa” (Davinson y Cuyul, 2007: 7). De este modo se puede observar claramente como es que en la gran mayoría de los países de América Latina elude su realidad mestiza tratando de asimilar culturas extranjeras como si fueran superiores a las propias, provocando una suerte de discriminación con la cultura propia, en donde estas minorías culturales se sienten pasados a llevar por ideologías extranjeras, lo cual produce conflictos que a la larga provocan una división de pensamientos y de culturas de un país que intenta ocultar su origen. En éste contexto es posible señalar que aquí lo más importante por sobre la cultura de un país es el poder económico Sin embargo, a pesar de estos desalentadores datos, es preciso señalar que las organizaciones indígenas de Argentina se están encargando de reivindicar como logros propios la promulgación de instrumentos legislativos y apoyando a las comunidades indígenas sobre la base de reconocimiento de su existencia y preexistencia a la formación del Estado, que sin lugar a duda era un factor importante para una mejor integración de los pueblos indígenas, ya que se estaba perdiendo el reconocimiento de estas comunidades por parte del Estado. En el contexto de que fuese sancionada la ley 23.302, “Sobre política Indígena y Apoyo a las Comunidades Aborígenes” (Davinson y Cuyul, 2007: 9), es que creo que estuvo bien el que se creara el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), ya que nació como “ente descentralizado con participación indígena y que dependerá del Ministerio de Salud y Acción Social” (Davinson, Cuyul; 2007: 9), con el fin de que la comunidad indígena se haga partícipe de los procesos que iban destinados hacia ellos mismos. El error que quizás cometieron, fue que el Estado, por la petición de reconocimiento indigenista, propuso respuestas con fines paternalistas, por lo que en ningún caso se propuso el reconocimiento de la calidad de “Pueblos” a los indígenas existentes en el territorio Argentino, o sea no fueron tomados como sujetos portadores de derechos, si no, como objetos de asistencia de social especial. A pesar de todo lo dicho anteriormente, el Estado de Argentina, más específicamente la Convención Constituyente, al dar cuenta de la situación real que aquejaba a los pueblos indígenas, decide incorporar el siguiente inciso: “Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Las Provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones” (Articulo 75, Inciso 17; de la Constitución Nacional) (Davinson y Cuyul, 2007: 11). En éste párrafo es posible dar cuenta del adelanto que Argentina tiene en materia de políticas de proteccionismo Indigenista, ya que si bien pasó por un período de una fuerte decadencia y debilidad en tema de políticas Indígenas, podemos ver que ahora se produjo una gran iniciativa para proponer legislaciones en la materia, que ojala ahora más que nunca beneficien y reconozcan la preexistencia étnica y cultural de los Pueblos Indígenas en el país. Para concluir todo lo anteriormente señalado, es preciso decir que gracias a las diversas organizaciones como es el caso de la Organización de Pueblos Indígenas en Argentina (ONPIA), es posible que hoy en día se hayan terminado los malos tiempos para los Pueblos Indígenas, los cuales sufrieron por muchos años la discriminación tan sólo por ser parte de una cultura distinta a la de los cánones europeos impuestos en la sociedad Argentina. Gracias a estas organizaciones es que hoy en día se están reincorporando progresivamente los Pueblos originarios que con tanto esfuerzo y perseverancia lucharon para ganarse el respeto y el derecho de tener un puesto en su país, en la sociedad Argentina. Claro que este ejemplo también debería ser tomado y sistematizado por las diversas sociedades y países, ya que muchos de ellos recién se encuentran en la etapa de promulgación de leyes, y aún se encuentran atrasados en materia de Políticas legislativas para los Pueblos Indígenas, lo que no debe ser posible a estas alturas en el que nos encontramos en países en pleno proceso de globalización, por lo tanto con los avances obtenidos es imposible que sean incapaces de imponer leyes que arreglen esta problemática que no debería afectar a nadie, ya que no cabe duda que los Pueblos tienen que exigir el derecho de sentirse integrados a la sociedad del país en el que viven. Fuentes Bibliográficas. - Davinson, Guillermo y Cuyul, Andrés (2007) La organización de los Pueblos Indígenas en Argentina: El caso de la ONPIA. Buenos Aires Argentina: Imprenta Los Gatos.
[1] “Este ensayo fue desarrollado en el marco de la asignatura Instituciones Sociales de la Carrera de Servicio Social de la Universidad de La Frontera, y los insumos son parte del análisis del libro, La organización de los Pueblos Indígenas en Argentina: El caso de la ONPIA de Guillermo Davinson y Andrés Cuyul, (2007) Argentina: ONPIA” [2] Alumna de Trabajo Social, Universidad de La Frontera, 2007.
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